Aviso de rescisión: ¿basta para justificar un despido? Un Tribunal aclara | CCJ con Oziel Guerrero
Oziel Guerrero
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Aviso de rescisión: ¿basta para justificar un despido? Un Tribunal aclara | CCJ con Oziel Guerrero
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Este episodio analiza el Amparo Directo 856/2024, resuelto por el Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, el 2 de octubre de 2025.
El Tribunal aclaró un error común en las empresas: presentar el Aviso de Rescisión ante la autoridad laboral no significa que el despido ya esté acreditado.
Aunque la empleadora cumplió con los requisitos formales de los artículos 47 y 991 de la Ley Federal del Trabajo en México —presentación ante la autoridad, en tiempo y con el domicilio correcto—, no probó los hechos de las fracciones II y XI del artículo 47 (falta de probidad y desobediencia).
El criterio es claro: el Aviso de Rescisión cubre la forma, pero no el fondo. La carga de acreditar la causa de despido sigue siendo del patrón. Cuando no hay evidencia sólida, testimonios coherentes o hechos verificables, incluso un aviso presentado correctamente puede terminar en un despido declarado injustificado.
Su impacto práctico: fortalecer procesos internos, documentar órdenes de trabajo, mejorar la calidad de los testimoniales y evitar avisos de rescisión “reflejos” que no cuenten con sustento probatorio suficiente.
Magistrados:
• Alma Angelina Ruiz Santoscoy (Ponente)
• Jesús Valencia Peña (Presidente)
• Salvador Alcaraz Munguía (Integrante)
Votación: Unanimidad de votos (3–0)
Contacto: oziel.guerrero@vegaguerrero.com