¿Cómo acreditar el IVA si un tercero pagó tus gastos?
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En esta cápsula de Canal Tributario MX, el Lic. Víctor Gumaro Correa Ortega analiza el régimen fiscal del acreditamiento del Impuesto al Valor Agregado (IVA) cuando se realizan erogaciones a través de un tercero.
Exploramos los requisitos fundamentales establecidos en el artículo 5, fracción III de la Ley del IVA y el artículo 1-B sobre la extinción de obligaciones. Además, profundizamos en las reglas de trazabilidad indispensables para que estos gastos sean deducibles y acreditables, incluyendo:
El uso de cheque nominativo o traspaso bancario a favor del tercero.
La importancia del RFC del beneficiario real en el CFDI 4.0 (nodos de terceros).
El cumplimiento del artículo 41 del Reglamento de la LISR y la Regla 2.7.1.13 de la RMF.
Diferencias en el tratamiento de viáticos y gastos de viaje.
Mantener la coherencia y exactitud en los reembolsos es clave para evitar observaciones o rechazos por parte de las autoridades fiscales.
¿Tienes dudas sobre cómo documentar estos pagos en tu contabilidad? Déjanos un comentario.
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