¿A poco el DIPRI también regula al mismo Estado? ¿Puede el Estado actuar como cualquier persona?
Luis Cordova Arellano
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¿A poco el DIPRI también regula al mismo Estado? ¿Puede el Estado actuar como cualquier persona?
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Luis Cordova Arellano
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05 UNAM DIPRI ¿Puede el Estado ser regulado por el DIPRI?
Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM)
Facultad de Derecho
Derecho Internacional Privado
Prof. Luis Lorenzo Córdova Arellano, Dr.
https://escuela-virtual.cordovaluis.org
lcordovaa@derecho.unam.mx
cordovaluis@gmail.com
/ @luiscordovaarellano3771
https://archive.org/details/@cordovaluis
@luisesperanto
Elementos Constitutivos y Sujetos del Derecho Internacional Privado
• Tráfico jurídico externo y discontinuidad espacial: Análisis de las controversias derivadas de contratos digitales transfronterizos entre personas domiciliadas en diferentes Estados (por ejemplo, celebrados entre partes radicadas en la Ciudad de México y Madrid).
• El Estado como sujeto privado (Iure Gestionis): Distinción entre la actuación del Estado investido de potestad soberana (imperium) y su participación en relaciones horizontales de coordinación comercial en un plano de igualdad con las personas particulares.
• Puntos de contacto y elementos de extranjería: Clasificación de factores personales (nacionalidad, domicilio o residencia habitual), reales (ubicación de los bienes) y conductuales o volitivos (lugar de celebración o cumplimiento del acto).
• Tipología de relaciones jurídicas: Definición de relaciones absolutamente nacionales, relativamente internacionales y absolutamente internacionales según el número y grado de elementos extranjeros concurrentes.
Objeto, Fines y Ámbitos de Aplicación
• Fines de la disciplina: Determinación del fin inmediato (identificación de la persona juez competente forum y fijación del derecho sustantivo aplicable -ius-) y del fin mediato (consecución de la justicia material y la certeza jurídica internacional).
• Deslinde disciplinar: Diferenciación con el Derecho Internacional Público mediante el criterio de la naturaleza de los sujetos, abarcando materias civiles, mercantiles y de auxilio procesal transfronterizo.
El Doble Método de Josephus Jitta (1890)
• Método Individual: Perspectiva unilateralista basada en la soberanía estatal y en la aplicación de las normas de conflicto de la lex fori (ley local de la persona juzgadora).
• Método Universal: Enfoque internacionalista que busca la unificación normativa global mediante la formulación de tratados multilaterales, convenios y leyes modelo aprobadas en foros de codificación.
Perspectiva Crítica, Derechos Humanos y Enfoque de Género
• Desmitificación de la neutralidad conflictual: Cuestionamiento de la aplicación mecánica de las normas conflictuales tradicionales cuando perpetúan asimetrías de poder o concepciones eurocéntricas.
• Tutela prioritaria e interseccionalidad: Obligación de las y los juzgadores de incorporar la interpretación pro persona, la protección del interés superior de la niñez y la perspectiva de género en disputas sobre alimentos, custodia y derechos de personas trabajadoras migrantes.
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