9-B El fallo "Diez" de la CSJN: ¿Apelación horizontal para el doble conforme"? y ¿la fuerza del n°?
Marcelo Solimine
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9-B El fallo "Diez" de la CSJN: ¿Apelación horizontal para el doble conforme"? y ¿la fuerza del n°?
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Analiza la viabilidad de la "apelación horizontal" como posible creación pretoriana para asegurar "doble conforme" para revisar los autos procesales importantes (en el caso, el auto de procesamiento dictado por la Cámara de Apelaciones). También se considera, críticamente, como carencia que no se impusiera al efecto la idea de "fuerza del número": es decir que más cantidad de jueces revisaran lo que otros resolvieron. Finalmente, se pondera la institución del colegio de jueces, como fórmula para neutralizar -en alguna medida-, las disfunciones que para la duración del plazo razonable del proceso generan la multiplicidad de instancias.
Nota: Cámara del Crimen de Capital Federal, a través de la Sala IV, habilitó la revisión del procesamiento que dictó la sala, revocando un sobreseimiento. Ello, conforme la doctrina del fallo "Diez" de la CSJN, para garantizar "doble conforme". Pero consideró que era el recurso de casación la vía, no así la de la "apelación horizontal", que consideraron improcedente. En dicho fallo hay citas de la Casación Nacional, que si considero la "apelación horizontal" como el remedio adecuado (Cámara del Crimen de Capital, Sala IV, causa 74.169/2019 "L., T. s/ infracción ley 26.061", del 22/4/22)