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Violencia intrafamiliar (Art. 229): pena, agravantes y por qué no hay casa por cárcel

Estudio Penal Abogados Asociados

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Violencia intrafamiliar (Art. 229): pena, agravantes y por qué no hay casa por cárcel

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NOTA: Desde el 22 de octubre de 2026 Carlos Fernando Alarcón González es servidor público. No ejerce la abogacía ni presta asesoría o representación, y no atiende consultas en Estudio Penal Abogados. Este video se conserva con fines académicos. La violencia intrafamiliar tiene pena de cuatro a ocho años, y de seis a catorce si concurre una agravante. En los dos casos la pena es efectiva e intramural: el artículo 68A del Código Penal excluye expresamente la prisión domiciliaria y la suspensión condicional. No hay casa por cárcel. Carlos Fernando Alarcón González, abogado penalista de la Universidad Externado de Colombia con maestría en Derecho Penal y socio de Estudio Penal Abogados, explica el artículo 229 con la jurisprudencia de la Sala de Casación Penal: los tres elementos que la Fiscalía debe acreditar, por qué un solo acto puede bastar pero no todo conflicto de pareja es delito, por qué la agravante por ser mujer exige prueba del contexto de discriminación, y qué cambió en 2026 cuando la Corte enmendó su propio precedente sobre el concurso de delitos. Sirve si a usted lo citó la Fiscalía por una denuncia de su pareja o expareja, y también si usted es la víctima y quiere que su denuncia quede bien construida desde el principio. ⏱️ CAPÍTULOS 0:00 Lo citó la Fiscalía, o usted quiere denunciar 1:20 Qué vamos a ver 1:27 Qué exige el artículo 229 del Código Penal 1:55 El bien jurídico: también la unidad y la armonía de la familia 2:08 Los tres elementos que deben concurrir 3:02 Un solo acto basta, pero tiene que tener entidad suficiente 4:41 Las cuatro formas de violencia (Ley 1257 de 2008) 5:28 Violencia económica y patrimonial 5:56 La pena: 4 a 8 años, y de 6 a 14 con agravante 6:31 Reincidencia: la pena se impone en el cuarto máximo 7:00 Pena efectiva e intramural: no hay casa por cárcel (art. 68A) 7:23 La agravante por ser mujer exige probar el contexto de dominación 9:24 Varias agresiones: ¿un solo delito o concurso? El giro de 2026 11:00 Parejas separadas: el vínculo familiar no termina con la ruptura 11:37 ¿Se puede condenar sin dictamen de medicina legal? 11:58 Si la víctima no declara: el art. 33 de la Constitución y sus límites 12:58 Los cuatro puntos que definen estos procesos 14:01 Cómo acompañamos estos casos ⚖️ JURISPRUDENCIA CITADA (Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal) • SP922-2020 — un solo acto puede configurar el delito; las situaciones incidentales no • SP3002-2022 — la agravante exige contexto de discriminación, dominación o subyugación • SP4135-2019 — se suprime la agravante por falta de prueba del contexto de género • SP963-2024 — contexto de dominación sí acreditado • SP505-2026 — cambio de precedente: concurso real, homogéneo y sucesivo • SP3083-2024 — condena por patrón de maltrato psicológico tras la separación • SP468-2020 y SP3050-2024 — el vínculo persiste pese a la ruptura • SP4247-2021 — condena sin dictamen de medicina legal • SP108-2025 — silencio no libre de la víctima y prueba de referencia 📌 NORMAS: Código Penal arts. 229 y 68A · Ley 1959 de 2019 · Ley 1257 de 2008 · Constitución Política art. 33 📖 El análisis completo, con la jurisprudencia y sus radicados, está en nuestro blog: https://estudiopenal.com 📲 ¿Está siendo investigado, recibió una citación, o es víctima y quiere denunciar bien desde el principio? Escríbanos al WhatsApp que aparece aquí abajo. 🏛️ ESTUDIO PENAL ABOGADOS Defensa penal estratégica y corporativa · Representación de víctimas · Casación e impugnación especial ante la Corte Suprema de Justicia Bogotá, con atención en todo el país. 🌐 https://estudiopenal.com Suscríbase al canal: explicamos de forma clara y concreta los delitos que más impactan en Colombia. ⚠️ Este video es información jurídica general y no constituye asesoría para un caso concreto. Cada proceso tiene sus propios hechos y su propia prueba. #ViolenciaIntrafamiliar #Artículo229 #DerechoPenal #CasaPorCárcel #CorteSuprema #Casación #AbogadoPenalista #Colombia #EstudioPenalAbogados