Tema 11 | TELEFONISTA ☎️
OposAs | Oposiciones SAS
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Tema 11 | TELEFONISTA ☎️
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Repaso completo del Tema 11 de Telefonista del SAS: la administración electrónica y su marco (Leyes 39/2015 y 40/2015, Real Decreto 203/2021 y Decreto 622/2019), la firma electrónica del Reglamento (UE) 910/2014 en sus niveles simple, avanzada y cualificada, el certificado electrónico y sus plazos (cinco años de vigencia máxima, quince de conservación del prestador, sesenta días de renovación FNMT), los prestadores de servicios de confianza, los puntos de acceso andaluces (Portal de la Junta, portales específicos y sedes electrónicas), la Carpeta Ciudadana, el Registro Electrónico Único, las notificaciones electrónicas y sus estados, la ventanilla VEAJA y los accesos al profesional del SAS con e_atención, mGerhonte y la VEC. Este recurso resume el enfoque práctico del tema para estudiar con más orden y llegar al examen con ideas claras. Úsalo como apoyo visual y audiovisual dentro de tu preparación de oposiciones SAS.
📌 1. La Administración Electrónica y sus utilidades: Idea central: la administración electrónica es ejercicio de funciones administrativas por medios electrónicos CON garantías jurídicas; no es solo publicar formularios. Marco: Ley 39/2015 (procedimiento), Ley 40/2015 (régimen jurídico), Real Decreto 203/2021 (desarrollo electrónico) y, en Andalucía, Decreto 622/2019. El artículo 14 de la Ley 39/2015 separa elección de canal (persona física como regla) y obligación (colectivos del 14.2); el 12 obliga a asistencia; el 11 distingue identificación y firma. Registro (constancia), expediente (conjunto ordenado), notificación (comunicación formal) son fases distintas. Telefonista orienta hacia el canal oficial sin asumir firma, acceso a datos individualizados ni resolución.
📌 2. Soportes de la Administración electrónica: La firma electrónica: Idea central: la firma electrónica (eIDAS, Reglamento (UE) 910/2014, modificado por el 2024/1183) atribuye una manifestación de voluntad a datos electrónicos; el firmante es persona física. Niveles: simple (definición general), avanzada (4 requisitos del art. 26) y cualificada (avanzada + certificado cualificado + dispositivo cualificado; efecto equivalente a la manuscrita, art. 25.2). Identificación ≠ firma; una imagen de rúbrica no es firma electrónica. En España, la Ley 6/2020 complementa y DEROGÓ la Ley 59/2003. Telefonista distingue acceso, firma y presentación formal sin atribuirse habilitación.
📌 3. El certificado electrónico: Idea central: el certificado electrónico vincula datos de validación con un titular identificado; NO es la firma ni una autorización general. El certificado cualificado lo emite un prestador cualificado y cumple el anexo I (condición cualificada, prestador, firmante, validez, código único, consulta de estado). Estados: vigente, caducado, revocado (irreversible), suspendido. Plazos que no se mezclan: 5 años (máximo de vigencia cualificada, art. 4 Ley 6/2020), 15 años (conservación de información del prestador, art. 9.3.a), 60 días (ventana de renovación FNMT de persona física). El estado al firmar se distingue de una caducidad posterior.
📌 4. Prestadores de Servicios de Certificación: Idea central: la denominación vigente es «prestadores de servicios de confianza» (no solo certificación): certificados, sellos, sellos de tiempo, entrega certificada, autenticación web. Cualificado ≠ no cualificado: la cualificación se acredita en la lista de confianza (efecto constitutivo) servicio por servicio, con evaluación y supervisión (auditorías al menos cada 24 meses tras la reforma 2024). Obligaciones: verificar identidad (art. 24 eIDAS), servicio público de consulta de validez/revocación (art. 9.2 Ley 6/2020), no almacenar datos de creación (9.1), conservar información 15 años (9.3.a), seguro ≥ 1.500.000 € (+500.000 por servicio adicional). Telefonista deriva al prestador (obtener/revocar) o al trámite (sistema admitido).
📌 5. Puntos de acceso electrónico en Andalucía (servicios, trámites y contenidos): Plataformas para la Administración electrónica, portales y sedes electrónicas: Idea central: el Decreto 622/2019 define punto de acceso electrónico y fija TRES tipos (art. 14): Portal de la Junta (acceso general), portales de Internet específicos (una materia) y sedes electrónicas (actuación con garantías). Las actuaciones con identificación/firma se hacen en sede (art. 17.4). Tras la reforma de 2024: sede general, sedes derivadas y sedes compartidas; la Orden de 25 de abril de 2022 creó la Sede general (mantenimiento tecnológico: Agencia Digital de Andalucía). Plataformas internas ≠ puntos de acceso: @firma (valida), PTw@ndA (tramita), @RIES (soporta el Registro Electrónico Único). Catálogo = cara pública; registro de procedimientos = gestión interna. En el SAS: web institucional y ClicSalud+.
📌 6. Carpeta Ciudadana: Idea central: la Carpeta Ciudadana (art. 38 Decreto 622/2019) reúne información particular de una persona identificada; recaba datos de otros sistemas y NO almacena datos ni documentos. Contenido mínimo: estado y, en su caso, e