RENDIMIENTOS DEL TRABAJO – IRPF(5)
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RENDIMIENTOS DEL TRABAJO – IRPF(5)
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***Actualización del vídeo: cantidades 2024:
He estado estudiando los nuevos límites marcados por la Agencia Tributaria y tratando de aplicar la cifra de tus rendimientos netos. Esto es lo que marca la ley respecto a los nuevos límites para 2024:
"Esta reducción se aplicará únicamente a los contribuyentes con rendimientos netos del trabajo inferiores a 19.747,5 euros siempre que no tengan rentas, excluidas las exentas, distintas de las del trabajo superiores a 6.500 euros. El importe de la reducción será:
1) Contribuyentes con rendimientos netos del trabajo iguales o inferiores a 14.852 euros: 7.302 euros anuales.
2) Contribuyentes con rendimientos netos del trabajo superiores a 14.852 euros, pero iguales o inferiores a 17.673,52 euros: 7.302 euros menos el resultado de multiplicar por 1,75 la diferencia entre el rendimiento del trabajo y 14.852 euros anuales.
3) Contribuyentes con rendimientos netos del trabajo comprendidos entre 17.673,52 y 19.747,5 euros: 2.364,34 euros menos el resultado de multiplicar por 1,14 la diferencia entre el rendimiento del trabajo y 17.673,52 euros anuales."
Pero añade algo muy importante:
“A estos efectos, el rendimiento neto del trabajo será el resultante de minorar el rendimiento íntegro en los gastos previstos en las letras a), b), c), d) y e) del artículo 19.2 de la Ley del Impuesto”.
Eso significa que se tienen en cuenta todos los gastos deducibles excepto los 2.000 euros de deducción que se aplica en general a todos los contribuyentes que reciben rendimientos del trabajo. Es decir, para poder aplicarte esta reducción, el rendimiento neto a utilizar no debe tener en cuenta la deducción de 2.000 euros aplicada, por lo que para hacer los cálculos, si el rendimiento neto fuera de, por ejemplo, 17.560,50 €, se aplicaría 19.560,50 €.
En ese ejemplo, estaríamos en el tercer punto: "Contribuyentes con rendimientos netos del trabajo comprendidos entre 17.673,52 y 19.747,5 euros: 2.364,34 euros menos el resultado de multiplicar por 1,14 la diferencia entre el rendimiento del trabajo y 17.673,52 euros anuales."
Y el cálculo concreto sería: 2.364,34 €/año – (1,14 * (19.560,50 – 17.673,52)) = 213,18 €/año
***Resolución correcta del ejemplo 2:
En el ejemplo 2, hay un error en el cálculo de la reducción, ya que según la Ley del IRPF, para el cálculo de la reducción, el rendimiento neto del trabajo será el resultante de minorar el rendimiento íntegro en los gastos previstos en las letras a), b), c), d) y e) del artículo 19.2 de la Ley del Impuesto.
Eso significa que se tienen en cuenta todos los gastos deducibles excepto los 2.000 euros de deducción que se aplica en general a todos los contribuyentes que reciben rendimientos del trabajo.
Por lo tanto, la resolución correcta del ejemplo 2 sería la siguiente:
Cálculo de la reducción general: 7.302 €/año – (1,75 * (15.800 - 14.852)) = 5.643 €/año
Esquema del rendimiento neto reducido:
Rendimiento íntegro: 17.000,00 €
Reducciones especiales: - 450,00 €
Gastos deducibles: - 2.750,00 €
Rendimiento neto: = 13.800,00 €
Reducciones generales: - 5.643,00 €
= Rendimiento neto reducido: = 8.157,00 €
Este es el link con la normativa: https://sede.agenciatributaria.gob.es...