Transferencia de acciones: requisitos y pasos ante ARCOTEL
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Transferencia de acciones: requisitos y pasos ante ARCOTEL
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Transferencia de acciones en radiodifusión (Ecuador): puedes transferir las acciones de tu compañía concesionaria, pero sin autorización previa de ARCOTEL la multa es del 50%. Título habilitante y concesión, paso a paso.
Aprenderás cuándo sí procede transferir acciones o participaciones de una compañía concesionaria de servicios de radiodifusión sonora o televisión de señal abierta, y por qué esto no equivale a transferir la concesión. También se aclara por qué un título habilitante otorgado a una persona natural no puede pasarse a una compañía, conforme a lo explicado sobre el artículo 112 de la Ley Orgánica de Comunicación.
Además, revisamos los requisitos para los nuevos accionistas, la declaración juramentada, prohibiciones e inhabilidades, concentración de frecuencias, familiares con concesión en la misma provincia, mora en instituciones públicas y el trámite ante ARCOTEL según el artículo 168 del Reglamento para Otorgar Títulos Habilitantes. Finalmente, explicamos el error más común: ir primero a la Superintendencia de Compañías sin autorización previa, y la sanción de multa del 50%.
📌 Lo que aprenderás:
✅ Sí se pueden transferir acciones de una compañía concesionaria de radiodifusión.
✅ La concesión sigue a nombre de la persona jurídica, no de los accionistas.
✅ No se puede pasar un título habilitante de persona natural a una compañía.
✅ Transferir acciones no implica transferir la concesión.
✅ Puede transferirse hasta el 100% del paquete accionario.
✅ Los nuevos accionistas deben presentar declaración juramentada.
✅ Primero se debe obtener autorización previa de ARCOTEL.
✅ Hacer la transferencia sin autorización puede generar una multa del 50%.
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⚠️ La información de este video es meramente informativa y no sustituye la asesoría profesional sobre tu caso particular.
⏱️ Capítulos:
00:00 Introducción: las preguntas de este capítulo
00:57 ¿Puedo transferir las acciones de mi compañía concesionaria?
01:57 ¿Puedo pasar mi concesión de persona natural a una compañía?
02:29 Artículo 112 LOC: terminación directa del contrato
02:50 El error de operar la concesión a través de una compañía
03:03 ¿Transferir acciones es transferir la concesión?
03:35 ¿Qué porcentaje de acciones puedo transferir?
03:52 Hasta el 100 % de las acciones: el caso de las SAS
04:35 Requisitos de los nuevos accionistas
05:06 La declaración juramentada
05:35 Prohibiciones: concentración de frecuencias
05:50 Familiares con concesión en la misma provincia
06:06 Mora en instituciones públicas y compañías extranjeras
06:39 No vender, revender ni alquilar la concesión
07:02 Perjurio: consecuencias en el COIP
07:43 Paso 1: solicitud formal y artículo 168 del reglamento
08:14 Paso 2: ARCOTEL verifica y emite la resolución
08:35 Paso 3: 90 días para formalizar en la Superintendencia
08:58 El error más habitual: ir primero a la Superintendencia
09:35 La sanción: multa del 50 % de lo pactado
10:10 Ejemplo: venta de $20.000, multa de $10.000
10:34 Cómo hacerlo correctamente
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