CAMBIOS DE ULTIMA HORA AL VIAJAR A EEUU
Howard Melgar
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YA NO SELLAN EL PASAPORTE DE RUTINA AL ENTRAR A EE. UU.
Desde el 1 de octubre de 2026, la CBP dejó de colocar el sello de admisión como procedimiento normal durante la primera inspección de viajeros. El sello todavía puede aparecer en casos específicos:
Si el viajero es enviado a una revisión secundaria.
Si ingresa con una visa de inmigrante.
Si solicita expresamente el sello, aunque el oficial no está obligado a colocarlo.
El cambio no modifica la visa, el estatus migratorio ni el tiempo autorizado de permanencia. Lo que cambia es la forma de comprobar la entrada: ahora la información queda registrada electrónicamente mediante el formulario I-94.
DÓNDE REVISAR EL I-94
Después de entrar a Estados Unidos, el viajero debe consultar su registro en i94.cbp.dhs.gov, seleccionando “Get Most Recent I-94”, o mediante la aplicación CBP Link.
Ahí puede verificar:
Fecha de entrada.
Clase de admisión, como B-2 para turistas.
Fecha “Admit Until”, que indica el último día autorizado para permanecer.
En ciertos casos, especialmente para estudiantes, puede aparecer “D/S”, que significa que la persona puede permanecer mientras conserve su estatus académico.
Es recomendable descargar el I-94 en PDF y revisar también el historial de viajes al salir del país. Si la entrada o salida no aparece correctamente, el viajero debe solicitar una corrección ante CBP.
LA FECHA DEL I-94 ES MÁS IMPORTANTE QUE LA VIGENCIA DE LA VISA
Una visa de turista puede tener vigencia de diez años, pero eso no significa que la persona pueda permanecer diez años en Estados Unidos. La visa permite solicitar entrada durante ese periodo; el oficial decide cuánto tiempo se autoriza en cada visita.
Por ejemplo, si una persona tiene una visa válida hasta 2034, pero su I-94 indica “Admit Until: 14 de mayo de 2027”, debe salir antes de esa fecha. Permanecer hasta el 20 de mayo constituiría una violación del periodo autorizado, aunque la visa todavía tenga años de vigencia.
CONSECUENCIAS DE QUEDARSE MÁS TIEMPO
Al superar la fecha del I-94 pueden comenzar varias consecuencias migratorias:
Se pierde el estatus legal.
Puede comenzar a acumularse presencia ilegal.
La visa puede quedar anulada automáticamente bajo la sección 222(g) de la Ley de Inmigración.
Una nueva visa podría tener que solicitarse en el país de origen.
La persona puede quedar expuesta a un proceso de deportación.
También podría perder permisos de trabajo o enfrentar dificultades para renovar ciertos documentos estatales.
CASTIGOS DE TRES, DIEZ AÑOS Y PERMANENTE
Los castigos dependen del tiempo de presencia ilegal y de la salida del país:
Entre 180 días y menos de un año: posible prohibición de regresar durante tres años.
Un año o más: posible prohibición de diez años.
Más de un año y luego reingresar sin inspección: posible castigo permanente.
Los castigos de tres y diez años generalmente se activan cuando la persona sale de Estados Unidos. Además, los menores de 18 años no acumulan presencia ilegal mientras sean menores.
CÓMO PEDIR MÁS TIEMPO
Si alguien necesita quedarse más tiempo por enfermedad, cuidado de un familiar u otra razón válida, debe presentar el formulario I-539 ante USCIS antes de que venza su I-94.
Las recomendaciones principales son:
Revisar el I-94 inmediatamente después de entrar.
Guardar una copia del registro.
Anotar la fecha “Admit Until”.
Presentar el I-539 antes del vencimiento si necesita una extensión.
Confirmar que la salida quedó registrada.
Si la persona ya se quedó más tiempo del permitido o tiene un caso complicado, debe consultar con un abogado de inmigración.
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